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Entrevista al Profesor Euclides Tapia: Relaciones diplomáticas entre Panamá y La Republica Popular C

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    CONADIP artículos de opinión
  • 4 sept 2018
  • 5 Min. de lectura

Entrevista al Profesor Euclides Tapia: Relaciones diplomáticas entre Panamá y La Republica Popular Entrevista al Profesor Euclides Tapia: Relaciones diplomáticas entre Panamá y La Republica Popular China  ENTREVISTA AL DIARIO LA PRENSA PANAMA 30 agosto de 2018 En relación a si es positivo o no el establecimiento de relaciones con China, a mi juicio es la peor decisión que presidente alguno de nuestro país, haya tomado en política exterior. Esto lo afirmo, en virtud de que no se trata del establecimiento de relaciones con Bangladesh o Sudán del Sur, sino todo lo contrario, con el poder emergente del siglo XXI, que tiene como objetivo modificar el orden territorial mundial establecido en el siglo XX, sin importar si para ello tiene que utilizar la fuerza. Prueba de lo anterior, es que China es el país del mundo con mayores problemas territoriales, pues con todos sus vecinos tiene abierto contenciosos fronterizos, que reflejan una política exterior agresiva y revisionista, la cual busca revertir los tratados desiguales de los que fue objeto en los siglos precedentes. 

En lo que atiende a Panamá, quiero exteriorizar mi postura ante este medio periodístico nacional, tal como lo manifesté, el 1 de febrero al periodista Juan Pablo Cardenal del ABC de España y el 25 de abril al periodista Tigran Feiler de la Sveriges Television (SVT) de Suecia; que Panamá fue un protectorado de los Estados Unidos de 1903 a 1946, una república cañero-bananera de 1947 a 1977, una república canalera de 1978 a la fecha del establecimiento de relaciones con China (2017), y de 2018 en adelante, una franquicia de ese país. En otros términos, repetimos el mismo error de jamás librarnos de la férula colonial, cuando en 1821, al independizarnos de España, nos unidos a Colombia; en 1903, cuando que al independizarnos de Colombia, nos convertimos en protectorado de los Estados Unidos y en el 2017, cuando luego de que logramos zafarnos de la tutela estadounidense y recuperar el canal y su área adyacente, perfeccionando nuestra soberanía a partir del año 2000; no transcurrieron 17 años de vida independiente, cuando decidimos pasar a control de China, en una palabra, todas nuestras acciones internacionales, ponen seriamente en entredicho, la creencia de que en algún momento, hemos existido como un país realmente independiente. En resumen, en eso consiste la esencia misma del establecimiento de relaciones diplomáticas con tal nación asiática; que del control de los Estados Unidos, pasamos al dominio de la República Popular de China, como la primera colonia de ese país, en occidente. En cuanto a la decisión de la instalación de la sede diplomática de la RPChina en Panamá, le auguro de antemano, que se decantaran por el área revertida, de ser posible, en el área adyacente a la Calzada de Amador, en un lugar que sea visible a los pasajeros de los buques que transitan por el Canal, por el simbolismo que ello representa y el mensaje distorsionado, que con ello China le quiere enviar al mundo, es decir, que dicho edificio simbolice la presencia de los nuevos “dueños” de la vía interoceánica. El leiv motiv de tal acción, tiene proporciones guardadas, el mismo objetivo, que en su momento movió a Taiwán y la pudiente comunidad china en nuestro país en el 2004, al construir el denominado “Mirador de las Américas”, con obelisco y esfinges chinas en el lado oeste del Puente de las Américas, supuestamente para conmemorar los 150 años de presencia china en Panamá; cuando en realidad lo que termina proyectando al visitante del Canal y el Puente de las Américas, es la distorsionada idea, de que quienes construyeron la vía interoceánica, no fue la mano de obra negra procedente del Caribe, sino la de los chinos. El caso de la instalación de la sede física de la Embajada tiene la misma intención, o sea, hacer creer (aunque no sea cierto), a los viajeros que ellos reemplazan a los Estados Unidos, en Panamá, como los nuevos propietarios del canal. A su vez, el establecimiento de esas relaciones tendrá un inusitado impacto en la geopolítica del Caribe, porque además de Rusia, que entra con fuerza en la región (Cuba, Nicaragua y Venezuela), ahora China, con el establecimiento de relaciones con Panamá, difiere la construcción del Canal nicaragüense, para concentrarse en la construcción de un cuarto juego de esclusas por el canal de Panamá, adelantándose con la ejecución de los estudios de factibilidad para garantizarse artificialmente, la adjudicación de la obra, al momento de producirse la licitación. En otras palabras, apuesta por el modelo ingles aplicado en Egipto, es decir arrancar de manos de los franceses el canal de Suez, y en este caso, de Panamá, víanuestro endeudamiento. Lo anterior se fragua planificadamente y encuentra expresión tangible, en la forma como se está haciendo del control del área adyacente al canal con terminales portuarias como la Hutchinson Wampoa, de Hong Kong, el Panamá Colón Container Port(PCCP), que construye la empresa china LandBridge Group, el puerto para cruceros que construye la China HarbourEngineering Company Ltd (CHEC) y la planta termoeléctrica que usará gas natural, que construye la Shangai Gorgeus. Si a ello se le suma la licitación para el diseño y construcción del cuarto puente sobre el Canal de Panamá, ganada por el Consorcio Panamá Cuarto Puente, conformado por China Communications ConstructionConstruction Company y China Harbour EngineeringCompany LTD, estamos hablando de una inversión que supera los $2,585 millones. Tales inversiones se producen obviando preceptos constitucionales tales como la exigencia de que los convenios internacionales que se celebren, no solo sobre el canal, sino sobre su área adyacente, deberán ser aprobadospor el Órgano Legislativo y, luego de su aprobación, sometidos a referéndum nacional (art. 316). En otras palabras, salta la duda de que si lo que China está haciendo en el área adyacente al canal, es legal o no y lo que es peor, la propia constitución plantea las mismas exigencias, exclusivamente para la construcción de un tercer juego de esclusas (art.326), etapa que ya se cumplió, mas no así, para la construcción de un cuarto juego de esclusas, donde China ya tiene sus manos metidas; sin posibilidades de que se le apliquen las exigencias constitucionales, que en su momento se tuvieron que cumplir para la construcción del tercer juego de esclusas, ya sea por administración o mediante contratos celebrados con alguna empresa o empresas privadas o pertenecientes a otro Estado u otros Estados. (art.325). En conclusión, la pregunta de rigor, que es necesario hacerse es: ¿hasta dónde la desbocada conducta del gobierno nacional saliente y lo más probable que del entrante en relación a China, terminen comprometiendo por unos dólares más, la seguridad y defensa del canal, al punto de que, ante la elasticidad interpretativa de la Reserva De Concini, al Tratado de Neutralidad y la caducidad de la Enmienda Church, al Tratado del Canal; provoquen una reacción, que ni en momentos de la invasión a nuestro país, Estados Unidos adopto? Euclides Eduardo Tapia Campos, Profesor Titular de la Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de CONADIP.



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